Cabildo de San Carlos Yautepec recibe Constancia de Mayoría y frena saqueo de arcas municipales

Redacción

Oaxaca de Juárez.- El Presidente Municipal Electo de San Carlos Yautepec, Oaxaca; Edgar Aragón Parada, recibió su constancia de mayoría por parte del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), en cumplimiento a la sentencia dictada en el expediente SUP-REC-375/2018, tras respetar la autodeterminación de las comunidades indígenas.

Luego de que la comunidad conoció el veredicto del IEEPCO, manifestaron su respaldo a Edgar Aragón, debido a que por el problema electoral fue nombrado como Administrador Municipal Abraham López Martínez, personaje ligado con el Partido Revolucionario Institucional (PRI) señalado por saquear las arcas municipales pues recibió más de 40 millones de pesos de los que no ha dado cuenta y organizó una elección a modo para dejar como edil a alguien que pudiera cubrir el desfalco a la hacienda municipal.

“Afortunadamente el tribunal juzgó con perspectiva indígena, anteponiendo los derechos de los pueblos originarios y sus propias formas de organización, al de los criterios que había sustentado la misma sala”, señaló Aragón Parada.

La tarde del pasado 1 de octubre, en compañía de su Abogado Geovany Vásquez Sagrero, recibió de la Secretaría Ejecutiva la respectiva constancia de mayoría que acredita al nuevo Cabildo como autoridades Municipales.

De igual forma, el Presidente Electo explicó que el problema electoral que estaba en litigio en San Carlos Yautepec, consistía en que el IEEPCO invalidó la elección ordinaria realizada en el 2016, solo por la cabecera municipal, porque consideró que se había vulnerado el principio de Sufragio Universal de las Agencias Municipales al no haber participado en la elección.

Por lo anterior, lo pobladores decidieron realizar la elección extraordinaria como la han organizado desde hace décadas, por lo que el 16 de diciembre de 2017 eligieron a Edgar Aragón Parada y su Cabildo como Autoridades Municipales, sin embargo, el IEEPCO y el Administrador, ya tenían planeada una elección donde participaría una PLANILLA ÚNICA, en donde el candidato era afín al Administrador, violando los Usos y Costumbres de San Carlos Yautepec, pues permitirían la participación de todas las agencias, lo harían por urnas, asemejando la elección a una elección de partidos políticos, dicha elección extraordinaria la realizaron el día 17 de diciembre de 2017.

El IEEPCO, en contubernio, decidió validar la elección que dicha institución organizó junto con el Administrador Municipal, sin importar la variación al Sistema Normativo de San Carlos Yautepec, por ello, comenzó una disputa legal que concluyó hace uno días con la sentencia dictada por la Sala Superior, ya que no hay ningún medio de impugnación que se pueda interponer contra dicha sentencia.

El abogado electoral Vásquez Sagrero, explicó que con esta decisión se reitera el nuevo criterio que adoptó la Sala Superior del TEPJF, respecto a este tipo de litigios donde se debate el alcance del Sufragio Universal en los pueblos y comunidades indígenas, puesto que recuerda como antecedentes los conflictos de San Dionisio Ocotepec, con San Baltazar Guelavila y Santiago Matatlán con la Agencia de San Pablo Güilá.

“En el primero tuvimos una mediana intervención en el medio de impugnación que se planteó ante el Tribunal Electoral de Oaxaca y otros abogados continuaron con la cadena impugnativa y nos dio gusto que al final la Sala Superior le concediera la razón a San Dionisio, mientras que en el tema de Matatlán tuvimos la oportunidad de plantear el Recurso de Reconsideración ante la Sala Superior SUP-REC-33-2017, en donde impugnamos la sentencia emitida por la Sala Regional Xalapa manifestando en los agravios la violación a la autodeterminación como comunidad indígena de Santiago Matatlán y que los efectos de la sentencia traerían como consecuencia el cambio de Sistema Normativo Interno, en ese asunto fue requerido un dictamen antropológico emitido por el CIESAS, que sirvió de parámetro para la decisión, siendo declarados fundados los agravios restituyeron al Cabildo electo conforme al Sistema Normativo de la comunidad, los Concejales actualmente se encuentra en funciones”.

 

Después de esos precedentes que la Sala Superior resolvió varios asuntos similares en nuestro Estado, como Tataltepec de Valdés, Ixtlán de Juárez, entre otros, en los que no tuvimos intervención, pero nos dio gusto saber que los precedentes citados han servido para que se respete la autodeterminación de las comunidades, detalló el abogado.

Finalmente explicaron que en el asunto de San Carlos Yautepec, primero impugnaron el acuerdo del IEEPCO por el que validaron la elección organizada por el IEEPCO y el Administrador, ante el Tribunal Electoral de Oaxaca, instancia que no les concedió la razón, por lo que, se inconformaron ante la Sala Regional Xalapa del TEPJF, Autoridad Judicial que confirmó la decisión del Tribunal de Oaxaca, para finalmente plantear ante la Sala Superior el recurso de reconsideración, haciendo hincapié que desde la primera instancia se había señalado como agravio principal la violación a la autodeterminación como comunidad indígena y que se había trastocado el Sistema Normativo Indígena de San Carlos Yautepec, citando desde la primera impugnación el precedente de Santiago Matatlán, reiterándolo en esa última instancia, la Sala Superior fue revisar lo que plasmaron desde la primera impugnación, concediéndoles la razón.