Aprueban en Código Civil de Oaxaca, el divorcio exprés

Encuentro

Oaxaca de Juárez, Oax.- En Oaxaca, a partir de reformas al código civil, la figura de divorcio incausado con la finalidad de evitar que en el proceso de todo divorcio, se deteriore aún más el núcleo familiar, se estableció, con ello, con una simple solicitud de una de las partes, luego de un debido proceso se podrá disolver ese contrato civil.

En esta modalidad basta la voluntad de uno de los cónyuges para disolver el matrimonio. Se le llama exprés porque pretende reducir el tiempo en el que se concede el divorcio; sin embargo, no resuelve otras cuestiones relacionadas y muy importantes, como la pensión alimenticia o la custodia de los menores, si los hay.

El divorcio exprés debe tramitarse ante un juez y, al contrario del divorcio necesario, no requiere que existan causales o motivos legales para separar el matrimonio, por eso se le denomina incausado. Este tipo de divorcio está en vigor en el Distrito Federal desde 2008 y a partir de entonces varios estados lo han adoptado. El pasado 15 de abril, el Congreso de Oaxaca, lo aprobó en su código civil.

El objetivo, explicó la diputada del PRD, Paola Gutiérrez Galindo, es evitar que en el proceso de divorcio, se deteriore aún más el núcleo familiar y, con la finalidad de evitar contiendas y enfrentamientos entre los cónyuges y el resto de la familia, que conlleven a enfrentar situaciones de violencia trascendentes, en las que se vean afectados principalmente las y los hijos.

Así, en el Código Civil del Estado de Oaxaca, se estableció la figura jurídica del divorcio incausado o sin expresión de causas.

El procedimiento se distingue por ser un régimen de fácil disolución del vínculo matrimonial, en la que se garantice el derecho de audiencia y el debido proceso para las partes, sin que ello implique enfrentar situaciones de inequidad, pues no puede dejar de observarse que el matrimonio es un contrato civil, en el que se conjuntan la voluntad de las partes; además que los ex cónyuges independientemente del grado de hostilidad, por el interés común de las y los hijos, tendrán que definir las reglas de cooperación.

El divorcio incausado, permitirá a ambos cónyuges ser elegibles para la custodia, con mayores beneficios basados en la equidad, con la designación de alimentos basado en la necesidad; pues cabe señalar que las relaciones jurídicas familiares constituyen un conjunto de deberes, derechos y obligaciones, derivados de los lazos de matrimonio, concubinato o parentesco.