Policías rescatan a menor que caminaba solo por calles de Veracruz; vecinos señalan a los padres de abandono

Vecinos comentaron a los elementos que el menor es dejado solo en su domicilio, por lo que era común encontrarlo en la calle sin supervisión.

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La noche del martes 13 de agosto, elementos de la Policía Estatal detectó a un menor de 5 años de edad deambulando por calles de la zona norte de la ciudad de Veracruz, por lo que procedieron a su resguardo.

De acuerdo con el reporte, el niño caminaba por las calles Río Elba y Río Tajo, en Lomas 4. El pequeño viste un short, una camiseta sin magas y estaba descalzo.

Los uniformados aseguraron al menor mientras elaboraban el reporte correspondiente para que la fiscalía especializada emita la medida de protección para el niño y pueda ser canalizado al DIF municipal.

Vecinos comentaron a los elementos que el menor es dejado solo en su domicilio, por lo que era común encontrarlo en la calle sin supervisión.
El menor permanecerá en una casa hogar hasta que las autoridades y el DIF municipal determinen si puede continuar con sus padres o tutores.

¿Cuál es la pena por abandonar a un menor en la vía pública?

Abandonar a un menor en la vía pública está catalogado como un delito de «abandono de personas» en el Código Penal Federal, específicamente en el artículo 335. Este delito se aplica a quienes dejan a un niño, un recién nacido, o a cualquier persona que no pueda cuidarse a sí misma, como en el caso de personas enfermas o discapacitadas.

La pena por cometer este delito varía según las circunstancias. Si el abandono no resulta en ningún daño al afectado, la sanción puede ser de un mes a cuatro años de prisión. Además, si el delincuente es ascendiente o tutor de la persona abandonada, se le puede privar de la patria potestad o la tutela.

Sin embargo, si del abandono resultan lesiones o la muerte, el artículo 339 establece que estas consecuencias se presumen como premeditadas, lo que podría incrementar significativamente las sanciones. Por lo tanto, cualquier daño o consecuencia que surja a raíz del abandono recae completamente en la responsabilidad de quien cometió el delito, y se le podrían aplicar penas adicionales por homicidio, lesiones graves u otros delitos relacionados.