Propone diputado César Mateos eliminar requisito que revictimiza a mujeres que denuncian hostigamiento sexual

• La iniciativa busca que el delito se centre en la conducta del agresor y no en obligar a las víctimas a demostrar el daño psicológico que les provocó la violencia.

 

Oaxaca, Oax. 12 de agosto de 2026— Una iniciativa presentada en el Congreso de Oaxaca busca modificar la forma en que se configura el delito de hostigamiento sexual, al considerar que la legislación vigente impone a las víctimas una carga probatoria que puede traducirse en revictimización y convertirse en un obstáculo para acceder a la justicia.

La propuesta, impulsada por el diputado de morena César Mateos Benítez, plantea eliminar como elemento constitutivo del delito la obligación de acreditar que el hostigamiento provocó daño o sufrimiento psicoemocional que lesionó la dignidad de la víctima.

Actualmente, no basta con demostrar que existieron conductas de naturaleza sexual dentro de una relación de subordinación. También debe acreditarse el impacto que éstas tuvieron sobre la víctima, lo que puede requerir peritajes psicológicos y colocar bajo escrutinio a quien denuncia, en lugar de concentrar la investigación en la actuación de quien ejerció el poder.

Esta exigencia resulta especialmente problemática desde una perspectiva de género: las mujeres no reaccionan de una misma manera frente a la violencia y la ausencia de una afectación psicológica demostrable no vuelve menos grave una conducta de hostigamiento sexual.

“Una mujer que sufrió hostigamiento no debería tener que demostrar cuánto daño le causó para que la justicia reconozca el delito”, sostuvo Mateos Benítez al presentar la iniciativa.

La propuesta pone el foco en las relaciones desiguales de poder. Una trabajadora frente a un superior que condiciona su permanencia laboral o una estudiante ante un profesor que utiliza su posición académica para realizar exigencias sexuales enfrentan contextos en los que su libertad para decidir se encuentra limitada por la subordinación.

Por ello, el legislador sostiene que “lo punible tiene que ser la conducta misma, no el efecto de la conducta”.

La iniciativa retoma también criterios desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de violencia sexual, particularmente a partir del caso de las mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco, para sostener que este tipo de conductas implican por sí mismas una afectación a derechos fundamentales.
De aprobarse, la reforma representaría un avance para colocar la responsabilidad donde corresponde: en quien ejerce una posición de poder para realizar conductas sexuales contra otra persona y no en las víctimas, obligándolas a probar cuánto sufrieron.

Modificar estas disposiciones también abre una discusión necesaria sobre la forma en que las leyes y las instituciones de justicia reproducen estereotipos acerca de cómo debe reaccionar una mujer después de enfrentar violencia sexual.

El acceso a la justicia no puede depender de demostrar dolor. La obligación del Estado debe ser investigar las conductas, proteger a las víctimas y garantizar procesos libres de estereotipos, discriminación y revictimización.

La iniciativa plantea reformar el Código Penal del Estado de Oaxaca y fue remitida a comisiones para su estudio y análisis.

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