Decreto de Sheinbaum permitirá que estos trabajadores se jubilen a los 56 años a partir del 1 de enero de 2027

El mandato de la titular del Poder Ejecutivo que beneficiará a miles de trabajadores mexicanos ya entró en vigor.

EL  HERALDO DE MÉXICO

A partir del próximo 1 de enero de 2027 un sector de la población trabajadora mexicana podrá jubilarse a partir de los 56 años de edad y esto es posible gracias a un decreto presidencial de Claudia Sheinabum, por lo que si quieres saber quiénes serán estos estos afortunados empleados en esta nota te diremos todo lo que hay que saber al respecto.

El referido decreto de Claudia Sheinbaum fue publicado en el Diario Oficial de la Federación desde junio de 2025, lo que significa que ya entró en vigor y en dicho documento, el cual se puede consultar de forma íntegra en este enlace, se indica que la disminución gradual de edad para la jubilación será aplicable para todos los trabajadores afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y se señala que a partir del 2034 las trabajadoras podrán jubilarse a los 53 años de edad, mientras que los trabajadores podrán hacer lo propio a los 55.

Este decreto de Claudia Sheinbaum beneficiará a miles de trabajadores al servicio del Estado Mexicano. — Cuartoscuro

Es importante reiterar que, mientras llega el 2034, la reducción en la edad de jubilación se llevará a cabo de manera gradual tal y como se indica en la siguiente tabla:

La reducción en la edad de jubilación de los trabajadores del ISSSTE se llevará a cabo de forma gradual. — Diario Oficial de la Federación

Es importante señalar que, para poder ser beneficiario de la jubilación anticipada, las trabajadoras del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) deben haber cotizado al menos 28 años, mientras que los trabajadores deben haber cotizado por lo menos 30 años.

“ARTÍCULO ÚNICO. Se reconoce el derecho de las personas trabajadoras al servicio del Estado, que se encuentren dentro del supuesto del artículo Décimo Transitorio, fracción II, inciso a) de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicada el 31 de marzo de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, a acceder a una pensión jubilatoria justa y digna, por lo que se deberán realizar las acciones correspondientes a efecto de detener y reducir gradualmente la edad mínima para tener derecho a la pensión por jubilación, siempre que los trabajadores al servicio del Estado hubieren cotizado 30 años o más y las trabajadoras al servicio del Estado hubieran cotizado 28 años o más, y que no hubieran optado por la acreditación de bonos de pensión del ISSSTE” se puede leer en el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el cual, ya se encuentra en vigor.

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